Impuesto sobre Actividades Económicas

El impuesto se origina como consecuencia de una actividad empresarial, profesional o artística, dentro del territorio nacional, se ejerza o no en un local determinado. Sólo declararán en este Ayuntamiento, las personas jurídicas que ejerzan actividad en nuestro término municipal cuyo importe neto de cifra de negocios sea superior a un millón de euros y las UTE dadas de alta en el epígrafe 508.

Documentación a aportar en caso de alta

  • Impreso oficial modelo 840 (www.aeat.es).
  • Fotocopia del N.I.F. de la sociedad y de la escritura de constitución.
  • Fotocopia del D.N.I. del representante de la sociedad.
  • Si el trámite se realiza por persona distinta al representante, es necesaria autorización para la gestión.
  • Copia del Impuesto de Sociedades relativo al periodo impositivo cuyo plazo de presentación de declaraciones por dichos tributos hubiese finalizado el anterior al devengo del Impuesto, (ejemplo: Si se da de alta en al año 2007 aportará el Impuesto de Sociedades del año 2005).

La presentación de las altas, bajas y modificaciones deberás realizarlas en el plazo de un mes, desde que se produzca cualquiera de las anteriores circunstancias.

El Impuesto se gestiona en régimen de autoliquidación, prorrateándose el pago sólo en caso de altas y bajas.

Nota: Todas aquellas personas físicas y jurídicas cuyo importe neto de la cifra de negocios (INCN) sea inferior al millón de euros, deberán dirigirse a la AEAT (Agencia Estatal de la Administración Tributaria ) y presentar el modelo 036.