La Justicia da la razón al Ayuntamiento en el caso del cese del anterior Jefe del Servicio de Deportes y lo considera “pertinente, fundado y conforme a derecho”
Por La Plaza de Sanse
El Juzgado de la Contencioso-Administrativo nº 22 de Madrid desestima el recurso interpuesto por el afectado contra el acuerdo 14/324/2023 de 05/09/2023 de la Junta de Gobierno Local en el que se dispuso su cese. La sentencia da la razón taxativamente al Ayuntamiento y asegura “que no resulta en absoluto acreditada la situación de acoso laboral denunciada” contra el concejal de Deportes.

Ni hubo acoso laboral, ni los motivos para el cese no fueron veraces, ni se realizó un acuerdo no conforme a derecho. Todo lo contrario. El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 22 de Madrid ha desestimado el recurso interpuesto por el del anterior Jefe del Servicio de Deportes contra el acuerdo 14/324/2023 de 05/09/2023 de la Junta de Gobierno Local en el que se dispuso su cese. Y la sentencia es taxativa, dando la razón al Ayuntamiento en todo: se declara el cese conforme a derecho, se desestiman todos los pedimientos de la demanda, y se le obliga al pago de costas.

El 5 de septiembre de 2023, la Junta de Gobierno cesó de su cargo a esta persona y motivó su cese, basándolo en motivos que la Justicia considera hoy “veraces y aisladamente suficientes”. Mes y medio después, esta persona interpuso un recurso contencioso administrativo en forma de demanda contra el acuerdo de la Junta. Se trataba de un puesto de Libre Designación cuyo cese debía estar suficientemente motivado.

La sentencia dice literalmente que se “acredita la veracidad de los motivos ofrecidos por el acuerdo impugnado para justificar el cese del recurrente” y niega que los motivos del cese fueran falsos: “falsedad que debemos rechazar expresamente al encontrarse (los motivos) debidamente documentados y contrastados en el expediente administrativo”. El texto también señala un “evidente conflicto de intereses con su puesto público, el hecho de que el recurrente redactara las Bases reguladoras de la convocatoria pública de subvenciones, a la que concurrieron sus hijos que además resultaron beneficiarios de las mismas”.

Otro aspecto que queda taxativamente claro es que “no resulta en absoluto acreditada la situación de acoso laboral” y señala como una evidencia “que la primera denuncia por acoso laboral se presentara el mismo día que se conoció su (propuesta de) cese”. Es importante recalcar que, basándose en esta acusación, durante muchos meses algunos medios de comunicación, entidades y cuentas en redes sociales sembraron la duda sobre un presunto acoso por parte del actual concejal de Deportes.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación.

Esta es la primera resolución judicial y el Ayuntamiento espera nuevas resoluciones frente a casos denunciados a otros funcionarios.

La Plaza de Sanse

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