Declaraciones de Bienes y Actividades

Declaraciones de Bienes y Actividades

Declaraciones de bienes y actividades

Las Declaraciones de bienes y de actividades son declaraciones que están obligados a realizar los Concejales de la Corporación de conformidad con el artículo 75.7 de la Ley 7/1985, reguladora de las Bases de Régimen Local. Se trata de sendas declaraciones en relación con sus "bienes patrimoniales y derechos", y "sobre causas de posible incompatibilidad y actividades que proporcionen o puedan proporcionar ingresos económicos".

Presentación

Las Declaraciones se realizan antes de la toma de posesión, con motivo del cese, a la finalización del mandado y cuando se produzca cualquier modificación de las circunstancias de hecho, entendiéndose por tales, cualquier variación en la situación patrimonial y cualquier alteración en las actividades.

Conforme al artículo 75.7 de la Ley 7/1985 y el Acuerdo plenario de 19 de abril de 2018, "las publicaciones se producirán con ocasión del comienzo del mandato y a la finalización del mismo. Se producirá también con carácter anual, en el mes de enero".  

Concejales: