RED DE ALERTA, INFORMACIÓN Y CONSULTA DE PRODUCTOS ALERTADOS
La red de alerta es un sistema rápido de intercambio de información entre las autoridades a nivel regional, nacional y europeo para evitar la comercialización de productos no alimenticios que puedan presentar un riesgo para la salud.
La seguridad, es decir la ausencia de riesgos para la salud de los consumidores, de los productos puestos en el mercado a disposición de los mismos, es un derecho básico establecido tanto a nivel nacional por el Real Decreto Legislativo 1/2007, como a nivel autonómico en nuestra Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid.
La Ley 11/1998 dedica el Capítulo I de su Título II por completo al “Derecho a la salud y seguridad” (artículos 5 al 10); y señala en concreto, que “los productos, bienes y servicios puestos a disposición de los consumidores, ya sea a título oneroso o gratuito, deberán ser seguros”, entendiendo como tales los que “en condiciones de utilización normales o razonablemente previsibles, incluida la duración, no presenten riesgo alguno o únicamente riesgos mínimos, compatibles con el uso del producto y considerados admisibles dentro del respeto de un nivel elevado de protección de la salud y de la seguridad de las personas”.
Este derecho se concreta asimismo en la regulación legal existente, en el deber general de no perjudicar ni poner en riesgo la salud y la seguridad de los consumidores, lo que se convierte en el deber de poner en el mercado únicamente productos seguros
A los poderes públicos se les atribuye la tutela efectiva de la salud y seguridad; para lo que nuestro ordenamiento les ha dotado de intensas y extensas potestades en el ámbito de la producción y comercialización de bienes y servicios en el mercado.
Entre las disposiciones reglamentarias que concretan el contenido y la forma de hacer efectivo el deber de no perjudicar la salud y seguridad de los consumidores y usuarios, destaca el Real Decreto 1801/2003, de 26 de diciembre, en cuyo articulado, además de establecer cuándo un producto es seguro; se delimita y concreta este deber general de productores y distribuidores (entre los que destacamos el deber de retirar del mercado los productos inseguros y de informar de los riesgos); se regula el ejercicio de las potestades atribuidas por ley a las administraciones públicas para que garanticen la salud y seguridad de las personas adoptando las medidas adecuadas (entre los que destacamos la prohibición de comercializar, la retirada y la recuperación administrativa de los productos inseguros), y se regulan los sistemas de comunicación entre los órganos administrativos españoles competentes para garantizar la seguridad de los productos puestos en el mercado y entre éstos y las instancias comunitarias.
Se crea un sistema de intercambio rápido de información, RAPEX del que a continuación explicamos algunos puntos clave.
¿Qué es la red de alerta de productos inseguros?
El sistema de red de alerta tiene como objetivo el intercambio rápido de información entre las administraciones encargadas del control de mercado ante la existencia de un producto que pueda generar un riesgo a los consumidores.
La red de alerta se pone en marcha cuando una autoridad competente de una comunidad autónoma o de un Estado miembro adopta una medida de limitar la comercialización de un producto debido al riesgo que presenta
Un producto inseguro se i,ncluye en red de alerta cuando se comercializa en más de un país o comunidad autónoma. También puede hacerse porque el riesgo detectado sea nuevo o pueda ser de interés para otros países o comunidades.
Este sistema funciona en red para la transmisión de la información estableciéndose, de esta manera, un nexo de conexión entre los Estados miembros, la Comisión Europea y las comunidades autónomas a través de la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición.
El punto de contacto de la red de alerta en la Comunidad de Madrid es la Dirección General de Comercio y Consumo, encargada de gestionar las alertas que tienen su origen en la Unión Europea, en alguno de los Estados o bien las notificadas por las Comunidades Autónomas, así como emitiendo las notificaciones de productos inseguros detectados en su ámbito territorial.
¿De dónde procede la información?
• A través de las Denuncias de los propios consumidores que ponen en conocimiento de la administración accidentes o sospechas relacionados con un producto potencialmente peligroso.
• Las Campañas de Inspección y Control de Mercado
• La Información que aportan los productores y distribuidores, quienes al realizar sus controles internos de calidad y detectar alguna incidencia que afecte a la seguridad de los consumidores informan de las medidas adoptadas a la administración y a los consumidores.
Consulta de las Redes de Alerta.
Se pueden consultar los productos alertados como peligrosos a través de la página web de AECOSAN (Agencia Española de Consumo, Alimentación y Nutrición) http://www.aecosan.msssi.gob.es.
El enlace que lleva directamente a las alertas es http://www.aecosan.msssi.gob.es/AECOSAN/web/consumo/productos_alertados/listado/aecosan_listado_de_alertas_ nacionales.shtml