Si le ha sido notificada una multa puede proceder al pago de la misma o, en caso de disconformidad puede presentar alegaciones. Para ello, debe tener en cuenta que las alegaciones deberá presentarlas en un plazo de 20 días naturales desde el día siguiente a que reciba la notificación. Dicha notificación se producirá cuando el agente de la autoridad le entregue el boletín de denuncia en mano o, en caso contrario, cuando reciba la notificación. Si hemos intentado notificarle a su dirección postal y ha resultado infructuosa, procederemos a publicar la sanción en el Boletín Oficial del Estado.
Si opta por realizar el pago de la multa con reducción del 50%, se entiende que renuncia a presentar alegaciones. Del mismo modo, al interponer una alegación, pierde el derecho al descuento del 50%, por lo que, si su alegación es desestimada, deberá pagar el 100% de la sanción.
En el caso de recibir la resolución de la sanción y no estar conforme con dicha resolución, puede presentar un recurso potestativo de reposición. Para ello, dispone del plazo de un mes desde que reciba la notificación de la resolución.
También tiene la posibilidad de acudir directamente por vía judicial a través de un recurso ante la Sección de lo Contencioso-Administrativo de los Tribunales de Instancia de Madrid.
Normativa reguladora
•Real Decreto 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
•Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Identificación de Conductor
Para la realización de este trámite deberá presentar el formulario normalizado por Sede Electrónica o presencialmente por Registro de Entrada del Ayuntamiento, en el plazo 20 días naturales contados desde el día siguiente al que le haya llegado la notificación.